En uso de las facultades que me confiere el Artículo 44, Fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado y en relación al oficio D.R.H.O2298/2009, mediante el cual se informan los días inhábiles correspondientes al primer semestre del año dos mil diez, tengo a bien, comunicarles que con respecto a los días de celebración por fiestas carnavalescas durante el mes de febrero, habrá una modificación en los días mencionados quedando en las siguientes fechas:

 

15 y 16 de febrero (se sustituye por el 22 y 23 de febrero)

"Se decretan como inhábiles los días mencionados, en consecuencia no correrán los términos Judiciales, excepto los señalados en el Articulo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

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